LA ECONOMÍA, FIN Y NO MEDIO
1) La economía no es un fin en sí misma, sino un medio para alcanzar la Felicidad del Pueblo y la Grandeza de la Nación.
FUNCIÓN SOCIAL DE LA ECONOMÍA
2) La economía no es individual ni colectiva: Es individual en función social. Sirve al Bienestar del Pueblo y a la Grandeza de la Nación.
FUNCIÓN SOCIAL DE LA PROPIEDAD PRIVADA
3) La propiedad privada tiene asignada una función social dentro de la Comunidad nacional. FUNCIÓN SOCIAL DEL CAPITAL
4) El capital debe estar al servicio de la economía nacional y tener como principal objeto el bienestar social.
LA ORGANIZACIÓN Y LA EXPLOTACIÓN DE LA RIQUEZA, EL BIENESTAR DEL PUEBLO Y LA JUSTICIA SOCIAL.
5) La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el Bienestar del Pueblo, dentro de un orden económico que atienda al desarrollo de la Justicia Social.
LA INDEPENDENCIA ECONÓMICA, BASE DE LA JUSTICIA SOCIAL. Y DE LA SOBERANÍA POLÍTICA
6) Ningún Pueblo puede ser socialmente justo y políticamente soberano si no es, al mismo tiempo, económicamente independiente.
LA TIERRA DE QUIENES LA TRABAJAN
7) La tierra es un bien individual en función social. Debe ser considerada bien de trabajo y no de renta o especulación. El Gobierno, el Estado y las organizaciones del Pueblo han de promover el acceso a la propiedad de la tierra a quienes la trabajan.
CONDICIONES PARA LA ORGANIZACIÓN ECONÓMICA DEL PUEBLO
8) El Pueblo está económicamente organizado cuando sus asociaciones representan a los trabajadores, productores, industriales, comerciantes y consumidores, en relación con el ejercicio de sus funciones económicas.
ORGANIZACIONES ECONÓMICAS DEL PUEBLO. ÚNICA CONDICIÓN
9) Las organizaciones económicas del Pueblo deben organizarse y desarrollarse libremente, con la sola condición de que concurran, mediante su acción, a la consolidación y defensa de la Economía Social, base material de la Justicia Social.
COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA REGIONAL Y CONTINENTAL
10)La acción económica en el orden internacional ha de orientarse hacia la complementación armónica y equilibrada de las economías regionales y de la economía continental.
TENDENCIAS ORDENADAS DE LA PRODUCCIÓN NACIONAL
11) La producción nacional ha de tender a lograr ante todo la satisfacción del consumo popular, las necesidades industriales del país y los requerimientos del intercambio internacional. ORIENTACIÓN GENERAL DE LAS ACTIVIDADES INDUSTRIALES DE LA NACIÓN
12) Las actividades industriales de la Nación han de ser desarrolladas racionalmente y, en particular, aquéllas que posibiliten el máximo aprovechamiento de los recursos naturales y de la producción primaria en condiciones estables de eficiencia técnica y económica
LAS EMPRESAS, EL GOBIERNO Y EL ESTADO
13) El Gobierno y el Estado auspiciarán preferentemente la creación y desarrollo de las empresas cuyo capital esté al servicio de la economía en función del bienestar social. TENDENCIAS ORDENADAS DEL COMERCIO EXTERIOR
14) El comercio exterior de la Nación debe orientarse hacía el abastecimiento interno y la consolidación y diversificación de los mercados de importación y exportación, a fin de obtener términos de intercambio justos y equitativos
CONDUCCIÓN Y EJECUCIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR
15) Las actividades comerciales en relación con el exterior serán conducidas por el Gobierno y ejercidas por las empresas y organizaciones privadas o de carácter económico individual o social CONDUCCIÓN Y EJECUCIÓN DEL COMERCIO INTERNO
16) El comercio interno será conducido por el Estado con intervención de las organizaciones económicas y sociales, a fin de lograr que los bienes de producción y de consumo lleguen a los usuarios oportunamente y por las vías más económicas.
EL CRÉDITO, INSTRUMENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL EN LA POLÍTICA ECONÓMICA
17) La acción económica en materia crediticia debe satisfacer racionalmente las necesidades de la Economía Social del país, sin perjuicio del poder adquisitivo de la moneda y del equilibrio general de la política económica.
LA MONEDA AL SERVICIO DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SUBORDINADA A LA INDEPENDENCIA ECONÓMICA
18) La acción económica, en materia monetaria debe servir al desarrollo ordenado de la Economía Social y al afianzamiento de la Independencia Económica del país.
LOS IMPUESTOS INSTRUMENTO DE GOBIERNO AL SERVICIO DE LA JUSTICIA SOCIAL Y DE LA ECONOMÍA SOCIAL
19) La acción económica en materia impositiva tenderá a lograr una equitativa distribución de las cargas fiscales en relación con la capacidad contributiva de la población, y a utilizar el impuesto como instrumento de gobierno al servicio de la Justicia Social y de la Economía Social del país. SERVICIOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD NO DEL ESTADO
20) El Gobierno, el Estado y las organizaciones del Pueblo deben promover la nacionalización de los servicios públicos, sin que ello importe su estatización.
miércoles, 10 de junio de 2009
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